jueves, 29 de agosto de 2013

"No queremos regular contenidos, por eso generamos Competencia"

Para mí, esa fue la mejor frase que se escuchó en estos dos días de audiencias públicas en la Corte Suprema por el amparo que Clarín presentó contra la LSCA. La dijo el economista que llevó el AFSCA cuyo nombre no retuve, pero si retuve su explicación magistral, que voy a tratar de repetir mientras los amigos suben el video a YouTube. Update, el colega se llama Horacio Seillant

Si el mercado de comunicación audiovisual es considerado un servicio público debe ser regulado como son los casos de otros servicios públicos, luz, gas, transporte, telefonía fija, etc. En todos estos casos el Estado tiene la facultad otorgada por los marcos regulatorios no sólo de fijar tarifas sino también de fijar estándares de calidad de servicio de los bienes o servicios suministrados por las empresas participantes en dichos mercados.

Pero en el caso de la comunicación y la información el gobierno ha decidido que no es conveniente regular la calidad del servicio porque eso significaría regular los contenidos. Por eso se ha elegido un camino alternativo. En todos los casos de servicios públicos, la regulación trata de asegura un precio justo y un estándar de calidad para que las empresas que prestan los bienes y servicios en condiciones monopólicas u oligopólicas no abusen de su posición dominante. En este caso, el camino alternativo elegido ha sido generar competencia y para ello es muy importante reducir el poder de mercado de los actuales participantes del mercado audiovisual sino cualquier nuevo actor que quiera  competir esta destinado a fracasar. Esta situación es la que transforma al tema de la desinversión y el art. 161 en la piedra basal de toda la LSCA y por eso mis respetos al colega que tuvo la justeza didáctica de plantear el tema de manera precisa y contundente.

Update 2, aca esta el video completo de la audiencia de hoy

8 comentarios:

Eugenio dijo...

No hay mayor monopolio que un Estado que pretende regular todo, por ejemplo, los 140.000 millones de dólares que maneja discrecionalmente en la aduana para apretar a todos los empresarios del país, salvo aquellos que tienen cadena de valor local.

rib dijo...

estimado:

afirmar "que no es conveniente regular la calidad del servicio
porque eso significaría regular los contenidos" es un error

es confundir
el "mínimo ruido en la señal" con el sentido
la censura previa de los contenidos
ya la prohibe la constitución

saludos

Hernán dijo...

Qué delirio! La comunicación es un servicio público?! El precio que cobran los licenciatarios es tarifa?! Vayan a estudiar derecho, burros.

Por otro lado, lo del economista es sarasa. No se hizo el plan técnico que manda la ley así que no tienen datos de mercado. El gobierno no sabe cuál es la participación de Cablevisión -el único estudio data de la época en que se aprobó la fusión, hace 6 años-. Y tampoco se calentaron en probarlo durante el juicio. Explícame entonces cómo pueden afirmar que Clarín tiene una participación dominante. Y aunque así fuera, debería existir abuso para que la conducta fuera anticompetitiva. Pero tampoco hay pruebas de esa conducta porque el propio gobierno planchó las denuncias que se le hicieron en el marco de la ley de defensa de la competencia.

Pero bueno, ya hicieron escuela manejando la economía sin estadísticas. Esto, en comparación, es una pavada.

Musgrave dijo...

la ignorancia va siempre de la mano de la soberbia.
Chicos relean las pavadas que escribieron.

Si, Hernán, los medios son un servicio público por eso están regulados en todo el mundo. Pero claro vos vivis en RandLand

Eugenio, ojalá el gobierno hiciera eso que vos decís que hace.

Hernán dijo...

Cualquier libro de derecho administrativo te puede dar el concepto de servicio público, que naturalmente no equivale a regulación.
La comunicación audiovisual está regulada como cualquier actividad privada. Pero no es servicio público porque el titular de la actividad no es el Estado, quien tampoco puede decidir discrecionalmente quien lo presta, ni revertir el servicio para prestarlo él mismo, ni fijar el precio por un mecanismo preestablecido -tarifas mediante price cap o algún otro mecanismo-, ni es el dueño de los bienes afectados -instalaciones-. Tampoco se trata de actividades que se dan en monopolio.
Ni siquiera la LdSCA califica a la actividad como servicio público, siquiera cuando se trata de licencias que usan el espectro.
Nice try....

Sisifodichoso dijo...

" los medios son un servicio público por eso están regulados en todo el mundo"

Los medicamentos estan regulados en todo el mundo. Usando tu logica, son un bien publico.

Sos un hdp. Y pensar que das clases de Finanzas publicas. Pobres pibes. Como no se te cae la cara de verguenza.

Musgrave dijo...

"Preferio un hdp a un idiota"

sos tan idiota que confundís bien publico con servicio público.

Claro que cualquier alumno de la UBA sabe la diferencia

Sisifodichoso dijo...

No solo sos imbecil, sino tambien ignorante. Deja de poner palabras en mi boca. Nunca dije que fueran lo mismo, pero se ve que se puede ser profesor de la UBA sin tener comprension de textos de 2do grado.
Simplemente use tu analogia a otro caso, analogo pero diferente, para mostrar su estupidez por el absurdo.

Es muy complicado entender esto? Necesitas un libro para colorear y los crayones o podes solito?

"Preferio un hdp a un idiota"

O como vos que sos lo dos.

Una vez mas demostras que la unica forma que tenes de contestar es escapandote del argumento es chicaneando y poniendo palabras en las bocas de otros.

Pone la definicion de servicio publico, con fuente, y veamos si aplica a lo que describis.

O hace la gran musgrave y esquiva las preguntas que no te conviene responder.

Besitos "profe"