domingo, 20 de abril de 2008

Y dale con la separación de fuentes

En esta interesante nota, los dos entrevistados están de acuerdo en que seguir respetando el principio de separación de fuentes es el camino a seguir. Dicho principido es muy simple: la Nación tiene potestad exclusiva sobre unos impuestos y las provincias sobre otros. Este principio está plasmado en la ley 23.548 de Coparticipación Federal de Impuestos, pero contradice el art. 75 inc. 2 de la Constitución que habla de potestades concurrentes en los impuestos indirectos.

En este cuadro que alguna vez armé, se ve que los países en varios países exitosos en cuanto al federalismo fiscal prima el principio de concurrencia y no el de separación.

9 comentarios:

chacall dijo...

Creo que el análisis no es completo si no nos detenemos a pensar en la otra parte de la ecuación, los gastos.

En Argentina, las provincias tienen que afrontar los gastos de escuelas, hospitales, cajas de jubilaciones provinciales y muchos otros servicios de los cuales la nación no se hace cargo (aunque a veces el tesoro nacional hace el "favor" de mandar alguna partidita presupuestaria para tapar un bache).

Aunque se nota que en las economías desarrolladas el cobro de impuestos es concurrente, no creo que esto sea mas importante que la consistencia total del sistema que permita tener en claro como se financian cada una de las necesidades del estado en cada uno de sus niveles (nacional - provincial - municipal).

Como dato de color, mire lo que sucede en Rosario, que es una ciudad que tiene HOSPITALES PÚBLICOS administrados por el municipio, y donde por una ley provincial los fondos de la lotería provincial no pueden ir a financiar estos hospitales (algo que ahora se está discutiendo).

En sintesis, lo que quiero marcar es que hay que ver los dos lados de la ecuaciòn, quien cobra y quien gasta, y como se financia.

saludos!

Musgrave dijo...

Chacall, gracias por pasar se lo extrañaba. Y lo de Rosario no es una nota de color, es un buen ejemplo de las consecuencias de la aplicación del principio de separación de fuentes.
Por eso es que los municipios tienen restringuidas sus potestades tributarias.

Anónimo dijo...

Se CAE. El Modelo K idiota se CAE. Hace agua por todos lados.

Al final, Lole va a llegar a la pole position via el senado. A al Lole ....

Anónimo dijo...

Si anonimo, se cae, pero todo el mundo lee el "diario de Irigoyen", es la regla no escrita.

Anónimo dijo...

Bue, Actually, MeneM no. Ese fue un gran presidente.

Anónimo dijo...

La Calesita acelerándose y Uds.. no postean nada. Choca o no choca?
Rollo plantea 3 escenarios para combatir la inflación , Uds que opinan? , vamos ... que nos comen los albatros

camargen

Anónimo dijo...

Anonimo, no venga a mojar la oreja.

Quizas yo piense como Ud que esto es un desastre, pero hay momentos para hablar y momentos para callar, aunque aqui mismo piensen que el que calla otorga.

Una cosa es tener razon, otra muy distinta burlarse de un/os compatriota/s equivocado/os. Ese no me parece el camino correcto para tener un pais mejor.

El Isáurico dijo...

Musgrave: el Art.75 inc.2 es contradictorio con los postulados "teóricos" de la L.23.548 -que extrapolaban la concurrencia de fuentes a partir de un texto constitucional que pregonaba claramente la separación de las mismas- porque se lo redacta a posteriori (reforma de 1994), justamente a fin de dejar claro en la CN que en la Rep. Argentina estaba rigiendo -y a juicio de los constituyentes debía seguir rigiendo- el ppo. de concurrencia de las fuentes.

El Isáurico dijo...

No le hablaron en la facu del debate Terry-Mantilla de 1891?