No me creen???
"La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán confirmó el fallo de Cámara y declaró inconstitucionales la “Contribución de Mantenimiento del Alumbrado Público” y la “Contribución para Obras Nuevas y de Mejoras del Alumbrado Público” del Código Tributario de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, por ausencia de una razonable equivalencia entre el costo del servicio estatal y la tasa que abona el contribuyente. Lo mismo cabe predicarse de la contribución de mejoras. La base imponible es la cantidad de energía eléctrica consumida, lo cual convierte a los tributos en un verdadero impuesto al consumo. La causa se caratula “Sanz Hnos. S. H. vs. Municipalidad de San Miguel de Tucumán s/ Inconstitucionalidad”.
Mis viejos lectores ya saben el porque del título del post y la foto de Carlitos, pero para los nuevos les dejo estos links
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