miércoles, 9 de abril de 2008

Confiscación al campo, según Bilardo y Menotti

Fuente: Econométrica





Los economistas somos como Bilardo, resultadistas. Metiste un gol ante un rival superior? Todos abajo a colgarse del travesaño. A los abogados en cambio les importa el proceso, cómo se hacen las cosas. Jogo bonito. Son Menottistas.



Por eso, (algunos) economistas entendemos a las retenciones móviles que implican un precio máximo como una confiscación, mientras que un abogado seguramente dirá "no, confiscación es cuando viene el Estado y te quita la propiedad directamente."



Supongo que en parte por esta diferencia futbolera es que no prosperan ni prosperarán los reclamos judiciales de los productores agropecuarios, pese a que la Constitución Nacional dice que :



Art. 17.- La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4º. Ningún servicio personal es exigible, sino en virtud de ley o de sentencia fundada en ley. Todo autor o inventor es propietario exclusivo de su obra, invento o descubrimiento, por el término que le acuerde la ley. La confiscación de bienes queda borrada para siempre del Código Penal argentino. Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones, ni exigir auxilios de ninguna especie.


PD: Ninguno de los argumentos a favor de las retenciones móviles justifican un precio máximo. Y gran parte de la ira que llevó a los cortes de ruta fue por este punto. Encima, es poco probable que alguna vez el gobierno cobre retenciones más altas, porque los precios están bajando (gracias Olivera por el link) y además el último aumento parece más producto de la especulación que estructural. Es decir que el gobierno magnificó un conflicto por plata que nunca va a cobrar. Genios de la política no son, digamos.

29 comentarios:

pc dijo...

Lindahl:
el reverso de tu argumento es que el campo paralizo al pais por una plata que tampoco nunca va a cobrar.

Musgrave dijo...

Algunos abogados dicen que alícuotas mayores al 33% son confiscatorias, no?
Previo a las retenciones moviles la alicuota era del 35%.

Si la estructura de alicuotas moviles tuviera una pendiente menos pronunciada, digamos que a un precio de u$s 800 la retención fuera del 50% y a u$s 1000 55%, igual sería expropiatorio?

Vio la nota de H Recalde que levanta el Escriba?

Lindahl dijo...

pc, la fe mueve montañas. también tractores.

pero de nuestros gobernantes yo espero un poco más.

Lindahl dijo...

musgrave, lo que hace que sea expropiatorio es que el precio queda fijo a partir de cierto punto. el mensaje es: nunca vas a ganar más que esto, y probablemente ganes menos, porque los costos siguen subiendo.

como sabés, yo no estoy en contra de las retenciones, y si están, tiene sentido que sean móviles. Lo que me molesta es el precio máximo.

Ana C. dijo...

Muy linda la comparación, Lindahl. Suavecita, la conclusión.

Anónimo dijo...

L: el que sabe, sabe y el que no es jefe.
Hace dias,que intento poner en escrito esto que usted acaba de postear y el zapallo no me da,evidentemente tengo que seguir estudiando.
Lo de siempre, se que quiero decir pero no se como. Como le dije a Ana, sigo aprendiendo con ustedes, gracias.
Lo felicito.
Galimatias

Lindahl dijo...

Ana, asi somos acá, suaves.

Galimatías, jefe, gracias por su comentario, que me motiva a seguir escribiendo. Ahora, el café, lo quiere cortado o negro? :P

El del 0.33% dijo...

Hay temas legales que se me escapan:

-Supongo que las retenciones tienen una Ley o un decreto que le da legalidad al asunto.

-Ahora supongamos que esto llega a la Corte Suprema dentro de mil años, y la Corte dice: "Acá el estado confiscó, esto es inconstitucional".

Pregunto desde la ignoracia dos cosas:

1)¿Qué se hace con un decreto que es inconstitucional?

2) Si mañana Cristi firma un decreto que es inconstitucional, ¿Quien se encarga de decirle que no puede ser porque va contra la propia Constitución?

Necesito clases de Instrucción Civica urgente.

Ana C. dijo...

El del 33%, vaya a Saber Derecho (está en los links), tienen un post sobre retenciones maravillosamente instructivo.

Anónimo dijo...

Muchachos, parecen abogados (o economistas, je), discutiendo formalismos y escollos técnicos cuando a la larga se trata de ver y hacer explícito qué modelo de país se quiere.

Personalmente creo que es lícita la apropiación de la renta extraordinaria sostenida por el tipo de cambio y los precios internacionales. El 44% y hasta el 80% o más si hubiera voluntad, como pasa en otros países (esos que nunca son ejemplo) con el petróleo. Porque la soja, el yuyito que crece solo, tiene algo de Nuevo Petróleo.

Musgrave dijo...

L, se acuerda cuando discutíamos si la ausencia de correspondencia fiscal era un problema o no?

Si la inflación bajará por milagro a menos de 5% igual le preocuparía el precio máximo?

Cuando le pusieron retenciones moviles al petroleo no se escucharon tantas voces de protesta, no?.

El del 0.33% dijo...

Muy bueno Ana C. Y muy instructivo el articulo.

Me queda pendiente saber quien se encarga de decirle a Cris que un decreto que ella firma es inconstitucional. ¡A ver los abogados, caramba! (Caramba, tiene copyright, ya saben de quien).

Lindahl dijo...

musgrave, con inflación baja también me preocuparía el precio máximo.

a ud. hoy no le preocupa?

y si le ponemos precio máximo a todo?

Federico Thomsen dijo...

musgrave: "Cuando le pusieron retenciones moviles al petroleo no se escucharon tantas voces de protesta, no?" Creo que tiene que ver con que son pocos los jugadores ahí y entonces 1) son fáciles de reunir en una oficina y apretarlos y 2) a ellos les resulta más fácil organizarse para hacer lobby y conseguir algo. Por ejemplo, "Ok, te dejo que entre tu amigo como accionista, pero vos me ayudás a extender las concesiones y me vas dando mejores precios de a poco." Además, muchos de esos jugadores son internacionales, con lo que se bancan malos tratos, pero invierten en países donde los traten un poco menos mal (en ninguno los tratan demasiado bien, la verdad sea dicha). Ninguna de estas consideraciones se pueden hacer para los muchos, y bastante atomizados, productores agropecuarios, ¿no?

Mariano T. dijo...

Solo el comentario del "yuyito que crece solo", merece una semana de desabastecimiento.
Y otra por comparar con el petroleo, que ya existe, solo hay que sacarlo.
La ignorancia, la cobradía y la voracidad por apropiarse el trabajo de los demás que exhibe esta camarilla indigna justifica el salvajismo del paro. Que fue mucho menos de lo que debería haber sido.

Ana C. dijo...

Un caso de estudio que serviría para verificar la tesis beckeriana sobre los grupos de presión, que dice que los grupos más exitosos son los que tienen intereses que minimizan las pérdidas sociales.

ayjblog dijo...

Mariano
me da la impresion que NUNCA fuiste a donde se extrae petroleo

ese comentario me da que pensar q crees que el petroleo sale de un agujero en la tierra que haces con una pala en cualquier lugar

Andrés el Viejo dijo...

Ayjblog: Mariano T. se quedó en los fisiócratas, sólo el agro produce. El está convencido de que el agro nos mantiene a todos los demás, no importa el tipo o intensidad de la actividad.

Andrés el Viejo dijo...

Si la Constitución, desde 1853, dispone que los impuestos aduaneros son exclusivamente federales, no es sólo para terminar con el monopolio porteño sobre la Aduana y su producido. Está reconociendo que el comercio exterior está sujeto a las necesidades y propósitos del Estado central. Este puede, por lo tanto, imponer los tributos que se adecúen a su política económica o a situaciones de emergencia. Puede incluso prohibir tal o cual importación, así como tal o cual exportación. Y de hecho lo hace, por ejemplo, con la importación de sustancias que se consideran nocivas para la salud de la población o para la moral y las buenas costumbres. Si la alimentación de los habitantes estuviera en peligro por una escasez extraordinaria, podría prohibir la exportación de trigo y sus derivados, por poner un ejemplo. No sé si está explicitamente reglamentado, pero sospecho que si yo quisiera comprar una bomba atómica pequeña en algún país con arsenal nuclear, tendría dificultades con la Aduana y con el BCRA.
El Estado nacional puede regular el comercio exterior y lo ha hecho siempre, en función de sus objetivos y necesidades.
Por lo tanto, hablar de confiscación carece de sentido. Claro que no faltarán abogados, y aún constitucionalistas, que sostengan que hay confiscación. ¿Alguien esperaría que un abogado defensor renuncie a cualquier argumento que le permita hacer que su defendido zafe de una condena o, por lo menos, reciba la más leve?

Mariano T. dijo...

Una vez que el bien esta producido, con otra alícuota, me parece una confiscación.
Y el oer de manejar bienes y fortunas de los argentinos con una resolución administrativa me parece excesivo.
Esta rebelión debería terminar con otro 1215.
Auinque sea reinapor 4 años, algun papel le debería quedar al congreso

Mariano T. dijo...

Y ahy una diferencia fundamental entre la minería(incluyendo petroleo) con la agricultura.
La minería extrae lo que ya existe, y lo que no se extrajo hoy se extrairá mañana.
La agricultura es al revés.
La fotosintesis de mañana se suma a la de hoy

Anónimo dijo...

que es "1215"?

Anónimo dijo...

Es la fecha de firma de la Magna Carta por la que el rey inglés cedió poderes a los señores feudales. Mariano T. quiere que el Estado ceda poder a los señores feudales, se entiende.

Anónimo dijo...

No creo que sea confiscatoria la retención. El Estado no se esta apropiando de nada, sino que te dice, si queres exportar soja, garpate las retenciones, si las queres vender aca, hacelo, o si las queres acumular hasta armar una montaña muy alta y sentarte arriba hacelo. Pero aca no se esta "apropiando" de propiedad privada, sino que esta gravando una transacción, de la misma manera que grava a los productos que ingresan.
Sería interesante ver un lock-out latinoamericano en contra de los subsidios agrarios de los paises desarrollados, no?

Mariano T. dijo...

Si una resolución administrativa permite que el 100% de la mercadería producida tras un año de trabajo valga casi cero (como sería con prohibición de exportar), para qué queremos Parlamento.
En 1215 se creó el embrión del parlamento, y eso no era porque los súbditos se negaran a pagar impuestos sinó que querían que los decidiera un órgano en el que esten representados.
Algo se ha desnaturalizado en este país, cambiando el espíritu de la constitución, y el sentido de la democracia.

Anónimo dijo...

Hay una sútil diferencia.
Tanto con Bilardo como con Menotti salimos campeones del Mundo. Con nuestros economistas y abogados corremos el riesgo de irnos a la B (y vivimos corriendo ese riesgo...).

Andrés el Viejo dijo...

El 15 de junio de 1215, el rey Juan de Inglaterra cedió ante la insistencia de los nobles y los obispos, firmando un documento (Carta Magna), en la que les reconocía una serie de derechos. La única alusión al Parlamento fue que el rey sólo podía dictar leyes penales en reunión con ese cuerpo.
Como las exenciones fiscales reconocidas por la Carta Magna libraban a la nobleza y la Iglesia de tributar, el peso de los gastos se descargó sobre los campesinos y las ciudades. De todas maneras, eso fue letra muerta cada vez que en Inglaterra hubo un rey con poder, hasta la revolución del siglo XVII, cuando realmente empezó el Parlamento a tener un peso propio en el gobierno.

Mariano T. dijo...

No me animé a decir que hace falta otra "Revolución Gloriosa", como la que mencionás, porque me van a decir golpista.
Prefiero seguir con el símbolo de la carta Magna de 1215, o con el espíritu de los pactos federales y la constitución de 1853.

Anónimo dijo...

Se esta discutiendo la CONSTITUCIONALIDAD de las retenciones, al mismo tiempo que la economia COMO UN TODO, NO TIENE CONSTITUCION.

En la teoria de los regimenes monetarios, una CONSTITUCION es otra forma de llamar a un "Regimen Monetario"

Bolson.