viernes, 13 de julio de 2007

Reforma Tributaria, SI. Superpoders, NO.

Hoy leía El Cronista de ayer, y encontré una importante noticia que pasó desapercibida, no tengo acceso al Cronista online, (se aceptan password) así que tipeo el encabezado.

"La Cámara declaró la inconstitucionalidad de un decreto que anulaba una exención a la venta de acciones, en virtud de las delegaciones legislativas de la ley de superpoderes"
"Un reciente fallo de Cámara (Boiteaux, 12/4/07) declaró inconstitucional al decreto 493/01 que entre numerosas modificaciones impositivas, gravó en el impuesto a las ganancias las ventas de acciones sin cotización pública por parte de personas físicas y sociedades off-shore del exterior.
.....El Procurador del Tesoro tiene un criterio distinto al fallo y piensa que hay que ver caso por caso."


Según mis escasas nociones de derecho constitucional, la facultad legislativa sobre impuestos es indelegable. Quizás algún jurista bloggero nos ayude (no pude encontrar los links )

Para pensar no, a veces la forma importa tanto como el fondo. O mejor dicho, un poquito más de institucionalidad a veces no vendría mal, ¿no?

6 comentarios:

Lindahl dijo...

Muy bueno lo suyo, Musgrave. Excelente ejemplo para mostrar que las instituciones, a veces, importan.

Pronto lanzamos la campaña por la reforma tributaria...

Musgrave dijo...

Primero, juntemos un millón de firmas para que la Corte Suprema declaré inconstitucional el decreto ley de Martinez de Hoz-Videla que derogó el impuesto a la herencia

Lindahl dijo...

La iniciativa popular no se puede usar en cuestiones tributarias.

Ana C. dijo...

Es que en temas impositivos tiene que haber continuidad para que el contribuyente no se sienta del todo confiscado. Por eso importan las instituciones.

Oigan, ¿este blog no tiene un mail?

Lindahl dijo...

Para Ud, Ana:

richard_y_erik@yahoo.com

Musgrave dijo...

Lindahl, no estaba pensando en una iniciativa popular sino en una medida de acción política para poner el tema en agenda pública